jueves, 7 de agosto de 2025

EL OPIO DEL PUEBLO

 

El PP necesita urgentemente un asesor de imagen por que, si no, me temo que no se va a comer un rosco en las próximas elecciones como siga así. Puedes odiar a VOX pero estos no se cortan en decir que quieren echar a 8 millones de inmigrantes y se quedan tan panchos. El PP, pusilánime donde los haya, veta las celebraciones musulmanas en Jumilla pero parece que le da vergüenza reconocer que actúan como VOX y rápidamente utiliza la carta del comodín absurdo y le echa la culpa al Gobierno y a VOX por polarizar. Increíble pero cierto. Mucho les queda por aprender a esta gente, igual lo que necesitan es contratar a un asesor de imagen de esos que utilizan los presidenciables norteamericanos antes de las elecciones, que enseñan al candidato absolutamente todo lo que tienen que decir, hacer o hasta moverse ante la opinión pública. Sí, ya, lo sé, Trump es la excepción que confirma -rompe- la regla.
¿Qué hubiera pasado si el grupo de ciudadanos jumillanos que pide un polideportivo para una celebración deportiva fuera, por ejemplo, cristiano, judío, ufólogo o cienciólogo? 

  • España es un Estado aconfesional, es decir, no tiene una religión oficial.
  • Se garantiza la libertad religiosa individual y colectiva.
  • El Estado coopera con la Iglesia Católica y otras confesiones religiosas, reconociendo su presencia e influencia en la sociedad.
Es éste un buen momento para refrescar qué dice la Constitución Española acerca de la religión; vamos a analizar cómo se aplica en la práctica el Artículo 16 de la Constitución Española, especialmente en relación con los musulmanes:

🟩 1. Aconfesionalidad del Estado
España no tiene religión oficial, pero reconoce el hecho religioso como parte de la sociedad.
Aunque no se privilegia legalmente ninguna confesión, la Iglesia Católica tiene una presencia histórica e institucional fuerte (por ejemplo, en educación, eventos oficiales, financiación).
 
🟨 2. Libertad religiosa en la práctica
Los musulmanes tienen derecho a:
Practicar su religión libremente.
Crear mezquitas, asociaciones y centros culturales.
Recibir asistencia religiosa en hospitales, cárceles o centros militares.
Educación religiosa islámica en la escuela pública, si hay demanda suficiente (esto a veces presenta dificultades en la práctica, como veremos).
 
🟦 3. Acuerdos de cooperación con confesiones religiosas
Aunque solo la Iglesia Católica tiene un concordato (tratado internacional con el Vaticano), España ha firmado acuerdos de cooperación con otras religiones “de notorio arraigo”, como:
Islam.
Protestantismo.
Judaísmo.
El acuerdo con la Comisión Islámica de España se firmó en 1992, y otorga ciertos derechos a los musulmanes, como:
Enseñanza religiosa islámica en centros públicos.
Derecho a festividades religiosas como el Eid al-Fitr y Eid al-Adha.
Reconocimiento de matrimonios religiosos islámicos (si están registrados civilmente).
Exención de algunos impuestos para centros religiosos islámicos.
 
🟥 4. Dificultades y desigualdades en la aplicación
Aunque el marco legal es igualitario, en la práctica los musulmanes enfrentan desafíos:
➤ Educación:
Aunque tienen derecho a clase de religión islámica, faltan profesores acreditados y voluntad política en muchas comunidades autónomas.
En algunas zonas no se imparte por falta de recursos o trabas burocráticas.
➤ Mezquitas y cementerios:
Obtener licencias para construir mezquitas puede ser complicado por oposición vecinal o trabas administrativas.
Hay pocos cementerios musulmanes en comparación con la demanda.
➤ Estigmatización:
Hay sectores sociales que asocian islam con inmigración o radicalismo, lo cual genera islamofobia, especialmente en redes sociales o algunos medios.

Legalmente, los musulmanes tienen derechos plenos de libertad religiosa gracias a la Constitución y el acuerdo de 1992. En la práctica, su ejercicio depende del contexto político, social y territorial, y puede haber desigualdades frente a la Iglesia Católica.

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