martes, 31 de marzo de 2026

¡AY DIOS! (¿HAY DIOS?)


El Tribunal Supremo de EE UU anula la prohibición de las terapias de conversión en menores LGTBIQ+
El fallo da la razón a una terapeuta cristiana que impugnó la ley de Colorado, uno de los más de 20 estados que impiden esta práctica.
María Antonia Sánchez-Vallejo, 31.03.2026

El Tribunal Supremo de EE UU ha fallado este martes en contra de una ley que prohibía la terapia de conversión para menores LGTBIQ+ en Colorado, uno de los cerca de dos docenas de estados que prohíben esta desacreditada práctica considerada tortura por la ONU.

Por mayoría aplastante (ocho votos a favor y uno en contra, el de la jueza progresista Ketanji Brown Jackson), el alto tribunal dio la razón a una consejera cristiana que considera que dicha prohibición es una intromisión en el derecho a la libertad de expresión y, por tanto, viola la Primera Enmienda. Los magistrados coincidieron en que la ley plantea dudas en materia de libertad de expresión y ordenaron a un tribunal inferior llevar a cabo procedimientos adicionales, aplicando a la ley un estándar más riguroso en virtud de la Primera Enmienda

El magistrado Neil Gorsuch, como portavoz de la Corte, ha declarado que la ley “censura el discurso basándose en el punto de vista”. La Primera Enmienda, ha escrito el juez, “se erige como un escudo contra cualquier intento de imponer la ortodoxia en el pensamiento o en el discurso en este país”.

El argumento de Colorado era que su ley regulaba la conducta profesional de consejeros y psicoterapeutas, y no la expresión del individuo y potencial paciente, protegida por la Constitución.

Con el fallo hecho público este martes, los jueces revocan la decisión de un tribunal inferior que había ratificado la ley en un caso presentado por la terapeuta cristiana Kaley Chiles, a quien ahora han dado la razón y cuya impugnación de la ley fue respaldada por la Administración del presidente Donald Trump. No obstante, el Supremo deja abierta la posibilidad de que la ley pudiera aplicarse a ciertas formas de terapia de conversión, incluidas las denominadas intervenciones físicas aversivas, pero no al discurso de la consejera que constituía el objeto de la disputa en este caso.

“La ley de Colorado que regula la terapia de conversión no se limita a prohibir las intervenciones físicas. En casos como este, censura el discurso basándose en el punto de vista”, escribió Gorsuch. “Es posible que Colorado considere su política como esencial para la salud y la seguridad públicas. Ciertamente, a lo largo de la historia, los gobiernos de talante censor han creído lo mismo. Pero la Primera Enmienda se erige como un escudo contra cualquier intento de imponer una ortodoxia en el pensamiento o en el discurso en este país”.

Para justificar su disenso, Jackson afirmó que los estados tienen la facultad de regular los tratamientos médicos que los profesionales con licencia estatal brindan a los pacientes, y que la decisión de Colorado de “restringir una terapia peligrosa” no es inconstitucional.

“Al concluir lo contrario, la opinión del Tribunal interpreta erróneamente nuestros precedentes; carece de principios, resulta inviable y, a la larga, demostrará ser insostenible para aquellos que confían en la responsabilidad, largamente reconocida, que tienen los estados de regular la profesión médica en aras de proteger la salud pública”.

La Corte Suprema cuenta con una mayoría conservadora de seis miembros, aunque de los tres liberales solo ha mostrado su disenso la magistrada Jackson.

Técnicamente, la decisión del Supremo no anula la ley de Colorado, que sigue en vigor, pero envía el asunto a tribunales inferiores, que muy probablemente fallarán en el mismo sentido. En 2019, Colorado promulgó una ley que prohibía a los profesionales de la salud mental realizar cualquier práctica o tratamiento, incluyendo la terapia verbal, que intente cambiar la orientación sexual o la identidad de género de una persona. Los infractores de la ley se enfrentan a multas de hasta 5.000 dólares (unos 4.300 euros) y pueden ser suspendidos del ejercicio de su profesión o perder el permiso para ejercer.

La terapia de conversión, promovida por grupos religiosos y ultraconservadores, busca que los menores homosexuales se identifiquen como heterosexuales y que los niños trans encajen en el sexo que tienen al nacer. Esta práctica está desacreditada por organizaciones médicas y las investigaciones científicas han demostrado que es ineficaz e incluso puede ser peligrosa, generando problemas de salud mental. Grupos como la Asociación Americana de Psicología apuntan que este tipo de terapia se ha asociado con efectos perjudiciales, incluida una mayor probabilidad de que los menores transgénero intenten suicidarse o huyan de casa.

El Proyecto Trevor, una organización dedicada a prevenir el suicidio en los jóvenes del colectivo LGTBIQ+, advirtió que el fallo del Supremo es un “trágico paso atrás”. En cambio, el grupo religioso First Liberty Institute celebró la decisión, al considerar que no se debe “censurar” la libertad de los profesionales.

Chiles, cristiana practicante, ha declarado que “cree que las personas prosperan cuando viven en consonancia con el designio de Dios, incluido su sexo biológico”. Chiles fue representada por Alliance Defending Freedom, un grupo conservador de defensa de los derechos religiosos que anteriormente obtuvo victorias de gran repercusión ante el Tribunal Supremo en nombre de un pastelero y de una diseñadora de sitios web para bodas que se negaron, basándose en sus creencias religiosas, a prestar sus servicios a parejas homosexuales.

Kelley Robinson, presidenta de la Human Rights Campaign —el grupo de defensa de los derechos LGTBIQ+ que presentó un escrito en apoyo de la ley—, afirmó que la “decisión imprudente” de la Corte Suprema “significa el sufrimiento de más niños estadounidenses”. “La Corte ha instrumentalizado la libertad de expresión para priorizar el sesgo anti-LGTBIQ+ por encima de la seguridad, la salud y el bienestar de los niños. La llamada terapia de conversión es pseudociencia, no una terapia real”, declaró Robinson.

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