7 cosas sorprendentes que pasan en un estado aconfesional como España
23/02/2014 23:07 CET | Actualizado: 23/02/2014 23:07 CET
23/02/2014 23:07 CET | Actualizado: 23/02/2014 23:07 CET
La
ministra de Empleo, Fátima Báñez, encomendándose
a la Virgen del Rocío para
salir de la crisis; el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, asegurando
que Santa Teresa intercede por España en la recuperación; el presidente del
Gobierno, Mariano Rajoy, jurando su cargo con la mano sobre la Biblia;
crucifijos en la escuelas públicas, funerales de estado...
¿Es normal
que todo eso suceda en un país teóricamente aconfesional como España? Un grupo
de siete expertos consultados por El Huffington Post coinciden
en señalar que la clave para saberlo se encuentra en el
artículo 16 de la Constitución, en el que se dice que en el país
"ninguna confesión tendrá carácter estatal".
En otras
palabras: España es un país aconfesional, entendido como sinónimo de laico,
aseguran. "Estos estados se caracterizan por tender a la separación entre
Iglesia y Estado y por ser neutrales respecto a las religiones", explica
Alejandro Torres, profesor
de derecho eclesiástico de la Universidad Pública de Navarra.
Los matices sobre hasta qué punto
debe llegar esa aconfesionalidad y neutralidad del estado Español vienen por la
segunda parte del mismo artículo de la Constitución, que señala que los poderes
mantendrán "relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás
confesiones".
Jaime
Bonet, profesor
de Derecho Eclesiástico de la Universidad de Valencia, indica que de
todo ello se desprende que España es un país laico de "separación
mitigada" entre Iglesia y Estado porque debe "cooperar" con las
religiones. De ahí los acuerdos que España firmó en 1979 con la Santa Sede. El
otro grupo, dentro de los aconfesionales, lo formarían los países
"laicistas o de separación absoluta", cuyo ejemplo más cercano es
Francia.
Pero, ¿qué significa en hechos
concretos esa "separación mitigada"? El grupo de expertos analiza si
algunos comportamientos que se dan en España son normales en un Estado
aconfesional o laico.
1-. EL CRUCIFIJO EN LAS JURAS DE
CARGOS
Rajoy y
todos sus ministros optaron por jurar (y no por prometer) su cargo. Todos excepto
Luis de Guindos y Soraya Sáenz de Santamaría lo
hicieron primero con la mano sobre la Biblia, y no sobre la Constitución, y en todo
el acto se mantuvo un crucifijo sobre la mesa. ¿Normal? Los expertos coinciden
en señalar que no.
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"No
tendría que estar presente ningún símbolo religioso y menos que los católicos
juren con la mano en la Biblia y el resto en la Constitución. Todos los cargos
públicos deben comprometerse a cumplir sus funciones con la mano en la
Constitución", asegura José Antonio Rodríguez García, profesor
de Derecho Eclesiástico de la Universidad Rey Juan Carlos, quien
argumenta que los cargos que manifiestan su fe católica indican que esa fe
"está por encima de la propia Constitución".
Javier
Oñate, sacerdote y director del Instituto Diocesano de Teología y Pastoral de Bilbao,
no ve "mal" que se jure sobre la Biblia porque, argumenta, juran
sobre lo que para ellos son "los principios más importantes", pero
matiza que es mejor "ser prudente" y "no mezclar las
esferas" debido a la "Historia de la que venimos", en la que
"ha habido demasiados malentendidos, equívocos, mezclas y
manipulaciones".
2-. ENCOMENDARSE A LA VIRGEN
Los
expertos también coinciden en señalar que los ministros no tienen prohibido
tener creencias religiosas, pero subrayan que encomendarse en público a las vírgenes y a los santos no es lo más adecuado.
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"El problema está cuando sus
creencias religiosas traspasan la frontera y pasan a formar parte de la gestión
pública", incide Rodríguez García, quien afirma que "lo que está
prohibido es que un ministro del Gobierno de España se comporte como un
ministro de culto, en este caso, católico, invocando a la divinidad para que
solucione los problemas".
Oñate añade que, además, la
invocación de las divinidades puede ofender a todos. "Ese tipo de
alusiones a los que somos creyentes nos ofenden porque pensamos que la virgen
del Rocío no tiene nada que ver con el empleo. Y a un no creyente o le da para
risa o para enfado".
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3.
LA 'X' A FAVOR DE LA IGLESIA EN LA DECLARACIÓN
La mayor
parte de los expertos coinciden en señalar que la 'x' a favor de la Iglesia
Católica en la declaración es otra anomalía dentro del estado aconfesional.
"El Estado ya no puede confundir, como antaño, sus fines y objetivos con
los de ninguna comunidad religiosa", explica Salvador
Pérez, profesor de Derecho de la UNED.
Pérez subraya, además, que la
recaudación a través del sistema de asignación tributaria en el IRPF sólo
existe a favor de la Iglesia católica, y no de otras religiones.
José Antonio Rodríguez, de la Rey
Juan Carlos, asegura que sólo con la supresión de los gastos religiosos de los
presupuestos de las Administraciones públicas "se dejaría de vulnerar la
libertad de conciencia" porque "se está coaccionado a los ciudadanos
mediante la obligación de contribuir a gastos propios de las confesiones y que
son totalmente ajenos a los fines públicos".
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4-. LA IGLESIA, EXENTA DE PAGAR EL
IBI
En este aspecto, los expertos no
se ponen de acuerdo, pero la mayoría admite que es lógico que la Iglesia esté
exenta de pagar el IBI teniendo en cuenta que España debe "cooperar"
con las distintas confesiones.
"No sería normal si España
fuera un Estado laicista, de separación absoluta. Hay que recordar que no sólo
ciertas propiedades de la Iglesia católica está exentas del IBI, sino también
lo están los lugares de culto, residencia y enseñanza de judíos, evangélicos y
protestantes", subraya Jaime Bonet, de la Universidad de Valencia. De
hecho, explican los expertos, lo que no podría hacer el Estado es permitir la
exención a una confesión religiosa y a otras no.
5-. RELIGIÓN EN LA ESCUELA PÚBLICA
Los
expertos señalan que la religión en la escuela pública es uno de los asuntos
más "complejos". Alfredo García, Catedrático de Derecho en la Universidad San Pablo
CEU, explica que la enseñanza de religión responde a un compromiso
del Estado con la Santa Sede de 1979 que "plantea algunas dudas de
inconstitucionalidad" y que sería "claramente inconstitucional"
si no se permitiera en la escuela pública la enseñanza de otras religiones.
¿De dónde vienen esas "dudas
de inconstitucionalidad"? García lo explica: "Por un lado, parece que
no debería ser misión de la escuela pública la enseñanza religiosa y, por otro,
que no debería contar para nota". Por eso, cree que habría que modificar
el Acuerdo y asegura que, en su opinión, no habría problema para que el Estado
subvencionara, parcial o totalmente, la enseñanza de religión "en lugares
pertenecientes a las distintas confesiones religiosas."
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6-.
MISAS FUNERALES CATÓLICAS
Una de las
últimas polémicas sobre este asunto se produjo tras el
accidente de tren de Santiago, cuando
la catedral de la ciudad acogió una celebración católica por las víctimas a la
que no asistió el BNG tras proponer un "funeral civil".
Alfredo García no ve ningún
problema en este sentido "siempre que exista la posibilidad de que se
puedan celebrar en otros casos funerales de otras religiones porque así lo
pidan los familiares".
Francisco Díez de Velasco, experto
en Historia de las Religiones de la Universidad La Laguna, señala en el mismo
sentido: "La clave es la opción por reflejar la pluralidad de creencias en
España. La opción de futuro en mi opinión es justamente tender a compartir el
protagonismo religioso en un contexto tan especial como son los funerales de
Estado".
7-.
CRUCIFIJOS EN EDIFICIOS PÚBLICOS
La respuesta mayoritaria es que en
un país como España no debería haber crucifijos en los edificios públicos,
incluidas las escuelas públicas. "Es contrario al principio de laicidad
porque propicia la confusión entre los fines religiosos y los fines
públicos", explica Salvador Pérez, profesor de la UNED.
Pérez añade que la presencia de
crucifijos puede, además, provocar "una cierta desigualdad respecto al
resto de creencias e incluso afectar a la libertad de quienes no profesan
ninguna fe religiosa".
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