De laicos, nada
La aconfesionalidad del Estado es imposible mientras subsista el Concordato - La Iglesia católica mantiene todos sus privilegios en los planes del Gobierno.
JUAN G. BEDOYA 03/07/2010
Lo viejo no acaba de morir, lo nuevo no acaba de nacer. Este es el estado de ánimo de los movimientos laicistas ante la anunciada reforma de la legislación sobre libertad religiosa, cuyo contenido adelantó EL PAÍS el domingo día 13. El Gobierno ha presentado los cambios de la Ley Orgánica de Libertad Religiosa de 1980 como un desarrollo de la "laicidad del Estado". Entre otras medidas, prohibirá la presencia de símbolos religiosos -como el crucifijo cristiano- en edificios públicos y buscará una fórmula para que los llamados funerales de Estado sean civiles, sin ceremonias religiosas. También se propone extender a otras religiones de "notorio arraigo" privilegios que disfruta la mayoritaria confesión católica, a la que el Estado financia con unos 6.000 millones de euros anuales. De esta cifra, 3.000 millones se destinan, según cifras oficiales, a sostener los colegios religiosos concertados, pero también se paga con dinero público el sueldo de obispos y sacerdotes; a los profesores de catolicismo en la escuela pública (unos 15.000); el salario de más de un millar de capellanes castrenses, hospitalarios y carcelarios, e incluso gran parte de la restauración o sostenimiento del ingente patrimonio histórico artístico de esa religión, la segunda propietaria inmobiliaria después del Estado.
"Es iluso creer que se avanza hacia la laicidad mientras persistan los privilegios de la Iglesia católica, acordados en Roma en la Navidad de 1979 por el ministro de Asuntos Exteriores español y el secretario de Estado de la Santa Sede". "La tentación de extender los privilegios del catolicismo a otras religiones agravaría la confesionalidad encubierta del Estado". "España es ahora un Estado aconfesional con querida. Mañana podemos ser un Estado aconfesional con cuatro o cinco mantenidas más, es decir, habremos retrocedido en laicidad y neutralidad religiosa". Con esta contundencia se expresan los eclesiasticistas partidarios del laicismo y gran parte de los líderes de las religiones llamadas minoritarias, con tres o más millones de fieles.
Lo mismo opinan católicos de base que no viven "la laicidad como una amenaza contra la Iglesia, sino como una oportunidad positiva". El Foro de Curas de Madrid incluso vislumbra en la laicidad el sueño de que su Iglesia acepte "mirar la modernidad sin ingenuidad o frivolidad pero con esperanza, descubriendo que la laicidad puede ser evangélica y teológicamente positiva".
Enfrente, la jerarquía del catolicismo alza la voz con severidad contra las intenciones del Ejecutivo socialista. Los obispos consideran el laicismo un ataque a su Iglesia e, incluso, "un retroceso de la civilización y una aberración del ser humano", y ven en las intenciones de los socialistas irreligiosidad, ateísmo o anticlericalismo. Aún confían en que el presidente Rodríguez Zapatero desista de la reforma anunciada tras entrevistarse en Roma con Benedicto XVI hace dos semanas. El desencuentro entre jerarquía y sociedad civil empieza por la palabra laicidad, utilizada ahora por el Gobierno. ¿Qué es la laicidad? No hay definición formal. No existe la palabra en los diccionarios, ni siquiera en el de María Moliner, un "diccionario de uso". Hay que acudir a la definición de laicismo para entenderse: "doctrina que defiende la independencia del hombre o la sociedad, y más particularmente del Estado, respecto de cualquier organización o confesión religiosa" (Real Academia Española).
"La laicidad es producto de una historia de luchas por la libertad religiosa y de conciencia, una historia limitada en el tiempo -dos siglos- y en el espacio -Occidente- durante la cual la vida política y social ha logrado emanciparse fatigosamente de las primitivas hipotecas confesionales", afirma el historiador Ramón Teja, catedrático de la Universidad de Cantabria y presidente honorífico de la Sociedad de Ciencias de las Religiones.
Añade Teja: "Laicidad significa la existencia de un espacio público a disposición de todos los ciudadanos para ejercer sus derechos en condiciones de libertad y de igualdad, una ciudad de los hombres en la que haya espacio para todos, no una ciudad de Dios en la que solo haya lugar para sus creyentes".
Teja subraya "las muchas dificultades" que hubo en el Concilio Vaticano II para el reconocimiento por la Iglesia católica de esa libertad e igualdad religiosa. "Hoy circulan en España y otros países católicos, como Italia, nuevas doctrinas que consideran inaceptable la equiparación de la religión católica con las otras confesiones. Se rechaza el principio de igualdad como criterio básico de la política del Estado en materia de cultos. Puesto que no resulta ya defendible por la Iglesia la teocracia, se recurre a la herencia y al Concordato con la Santa Sede para reclamar un trato privilegiado en materia de símbolos religiosos, financiación, educación, etcétera, y se pretende que las demás confesiones se contenten con ser toleradas".
El catedrático Antonio Monclús, que acaba de dirigir un encuentro de religiones en el Instituto Cervantes de Tetuán, considera que la laicidad es "una dimensión central en ese diálogo entre culturas y en la Alianza de Civilizaciones". "El laicismo es el mapa sobre el que se asientan las diferentes culturas. La laicidad es una característica esencial del Estado moderno. El Estado, laico, debe garantizar el derecho de cualquier cultura a expresarse y desarrollarse, desde la no confesionalidad de los poderes públicos. Los Acuerdos con la Santa Sede impiden que en España contemplemos hoy un mapa así de libre", añade el también director de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo-Campo de Gibraltar. El meollo del debate sobre el laicismo está en la financiación de las actividades del catolicismo. Nada hay más contradictorio con un Estado laico que el que la Hacienda pública ejerza de recaudadora de impuestos para sostener a una religión concreta. El Vaticano se comprometió en los Acuerdos de 1979 a que su Iglesia en España se autofinanciaría con el llamado "impuesto religioso". Mientras tanto, Gobierno y episcopado acordaron un mecanismo transitorio de asignación tributaria mediante el IRPF. El plazo acabó hace dos décadas. En 2007, Rodríguez Zapatero aceptó la renuncia de los obispos a su compromiso de autofinanciación, e incluso les elevó un 34% (del 0,52% al 0,7%) el porcentaje de la cuota de IRPF que los católicos pueden destinar a su confesión, sin añadir un céntimo más que el resto de los contribuyentes. El Gobierno no se propone reforma alguna en este asunto, y eso que los expertos de su propio entorno le han dicho que "financiar religiones es inconstitucional". Es la conclusión del Laboratorio de la Fundación Alternativas, que dirige el ex ministro socialista Juan Manuel Eguiagaray. Muchos miembros del patronato de esa fundación pertenecen también al PSOE. El Tribunal Constitucional nunca ha entrado en el fondo de la cuestión porque nadie ha recurrido ante él el concordato; aunque sí ha resuelto algunas cuestiones de constitucionalidad por jueces relativos a aspectos puntuales.
"El marco de relaciones entre el Estado y la Iglesia católica es manifiestamente mejorable y en algunos casos profundamente inaceptable", sostuvo Eguiagaray cuando la Fundación Alternativas presentó en sociedad su proyecto de Estatuto de laicidad. "El sistema vigente de financiación es inconstitucional. El acuerdo sobre asuntos económicos, de 1979, estableció un régimen temporal de financiación estatal de la Iglesia católica que, además de haber sido incumplido por ambas partes, resulta de difícil encaje en la definición de un Estado laico o aconfesional, ya que la financiación de las confesiones religiosas no puede entenderse como contenido del derecho de libertad religiosa, amén de que su mantenimiento únicamente en favor de la Iglesia católica supone una violación del principio de igualdad", sostiene la Fundación Alternativas. El informe había sido realizado por dos profesores de Derecho Eclesiástico, José María Contreras y Óscar Celador. Contreras ha sido director general de Asuntos Religiosos en el Ministerio de Justicia, un departamento que el Gobierno ha decidido eliminar. Alejandro Torres, también profesor de Derecho Eclesiástico -en la Universidad Pública de Navarra-, hace estas cuentas. "La Iglesia católica lleva incumpliendo más de 30 años el compromiso de 'lograr por sí misma los recursos suficientes para la atención de sus necesidades' (artículo 2.5 del Acuerdo de Asuntos Económicos). Recordar esto no es anticlericalismo pues si dividimos los 250 millones de euros que percibe la Iglesia en concepto de Asignación Tributaria entre: 1) 44 millones de españoles, tocan cada español a 5,6 euros al año. 2) El 80% de esos 44 millones de españoles, que según el CIS se declaran católicos, tocan cada católico a 7,1 euros al año. 3) El 20% de esos 44 millones de españoles, que son católicos practicantes, toca cada católico practicante a 28,40 euros al año, menos de 50 céntimos por cada misa dominical. Es poco dinero por cada fiel católico, pero los obispos se aferran al sistema de financiación pública porque desconfían, con razón, de la generosidad de sus fieles. Coinciden con el historiador William J. Callahan, de la Universidad de Toronto. "La tacañería del católico para sostener al clero es histórica. Las encuestas indican que, en práctica religiosa, la Iglesia católica española está viva y bien, como diría Jacques Brel. Pero las encuestas son engañosas. La religiosidad ha decaído en los últimos años".
Frente a la versión de los obispos, que hablan de que los españoles son el 90% católicos, Callahan opone el dato de los que van a misa o hacen caso a las consignas de sus jerarcas. "El cálculo varía entre el 15% y el 25% de la población", según el autor de La Iglesia católica en España.
El Ejecutivo tiene donde apoyarse si quisiera reformar el sistema de financiación. Esta es la tesis del profesor Fernando Amérigo, de la Universidad Complutense de Madrid y autor de La financiación de las confesiones religiosas en la UE. "A la hora de financiar a las confesiones religiosas hay dos grandes sistemas: los directos y los indirectos. Los sistemas directos (dotación presupuestaria, asignación tributaria, subvenciones directas o la creación de fondos estatales para el culto y clero) se caracterizan porque el Estado financia a las Iglesias mediante fondos públicos, es decir, considera la actividad estrictamente religiosa como parte del gasto público.
Los sistemas indirectos se basan en que el Estado facilita o promociona el sostenimiento económico de las confesiones a través de los ciudadanos de forma voluntaria. Es el caso de las desgravaciones fiscales a las donaciones, que se dan en Francia, Holanda o Portugal, o del impuesto religioso o cuota eclesiástica que se aplica en Alemania, Austria, Suecia o Finlandia.
Hay países donde las Iglesias se autofinancian -Reino Unido y Eslovenia- o donde se prohíbe la financiación de las confesiones, como Irlanda (si bien la Iglesia católica recibe allí ayudas en el sistema educativo). "Los sistemas directos son, en puridad, incompatibles con la laicidad del Estado, puesto que suponen una violación tanto de la separación como de la neutralidad", sostiene Amérigo.
Alejandro Torres subraya otros beneficios fiscales. "Las viviendas o casas parroquiales de los ministros de culto de las confesiones que han suscrito un acuerdo con el Estado, y los huertos y jardines adyacentes, están exentas en el IBI. Eso es incompatible con los principios constitucionales de laicidad del Estado y de igualdad. Pese a que 'ninguna confesión tendrá carácter estatal' (artículo 16.3 de la Constitución), se da la paradoja de que los ministros de culto de las confesiones con acuerdo tienen un régimen fiscal mejor que el de los funcionarios. ¿Qué relación tiene el uso y disfrute de un huerto o jardín con el ejercicio del derecho fundamental de libertad de religiosa?".
Otro privilegio: el que atribuye a las diócesis la Ley Hipotecaria (artículo 206) para la inmatriculación de inmuebles. "Si ninguna confesión tiene carácter estatal, y si la sentencia 340/1993 del Tribunal Constitucional prohíbe la confusión entre funciones y fines religiosos y funciones y fines estatales, ¿cómo es que los obispos católicos pueden emitir certificaciones de dominio, como si fuesen funcionarios dotados de fe pública?", se pregunta Torres.
Juan José Tamayo, director de la cátedra de Teología en la Universidad Carlos III, en Madrid, y secretario general de la Asociación de Teólogos Juan XXIII, concluye que el Gobierno se ha quedado "sin política propia" en cuestiones de laicidad. "La agenda se la marca otro Estado, el de la Ciudad de Vaticano, cuyas orientaciones sigue discipularmente". Como ejemplo, señala el retraso en la presentación de la nueva ley hasta después de la visita de Benedicto XVI a España, el próximo noviembre, para no tener problemas".
La aconfesionalidad del Estado es imposible mientras subsista el Concordato - La Iglesia católica mantiene todos sus privilegios en los planes del Gobierno.
JUAN G. BEDOYA 03/07/2010
Lo viejo no acaba de morir, lo nuevo no acaba de nacer. Este es el estado de ánimo de los movimientos laicistas ante la anunciada reforma de la legislación sobre libertad religiosa, cuyo contenido adelantó EL PAÍS el domingo día 13. El Gobierno ha presentado los cambios de la Ley Orgánica de Libertad Religiosa de 1980 como un desarrollo de la "laicidad del Estado". Entre otras medidas, prohibirá la presencia de símbolos religiosos -como el crucifijo cristiano- en edificios públicos y buscará una fórmula para que los llamados funerales de Estado sean civiles, sin ceremonias religiosas. También se propone extender a otras religiones de "notorio arraigo" privilegios que disfruta la mayoritaria confesión católica, a la que el Estado financia con unos 6.000 millones de euros anuales. De esta cifra, 3.000 millones se destinan, según cifras oficiales, a sostener los colegios religiosos concertados, pero también se paga con dinero público el sueldo de obispos y sacerdotes; a los profesores de catolicismo en la escuela pública (unos 15.000); el salario de más de un millar de capellanes castrenses, hospitalarios y carcelarios, e incluso gran parte de la restauración o sostenimiento del ingente patrimonio histórico artístico de esa religión, la segunda propietaria inmobiliaria después del Estado.
"Es iluso creer que se avanza hacia la laicidad mientras persistan los privilegios de la Iglesia católica, acordados en Roma en la Navidad de 1979 por el ministro de Asuntos Exteriores español y el secretario de Estado de la Santa Sede". "La tentación de extender los privilegios del catolicismo a otras religiones agravaría la confesionalidad encubierta del Estado". "España es ahora un Estado aconfesional con querida. Mañana podemos ser un Estado aconfesional con cuatro o cinco mantenidas más, es decir, habremos retrocedido en laicidad y neutralidad religiosa". Con esta contundencia se expresan los eclesiasticistas partidarios del laicismo y gran parte de los líderes de las religiones llamadas minoritarias, con tres o más millones de fieles.
Lo mismo opinan católicos de base que no viven "la laicidad como una amenaza contra la Iglesia, sino como una oportunidad positiva". El Foro de Curas de Madrid incluso vislumbra en la laicidad el sueño de que su Iglesia acepte "mirar la modernidad sin ingenuidad o frivolidad pero con esperanza, descubriendo que la laicidad puede ser evangélica y teológicamente positiva".
Enfrente, la jerarquía del catolicismo alza la voz con severidad contra las intenciones del Ejecutivo socialista. Los obispos consideran el laicismo un ataque a su Iglesia e, incluso, "un retroceso de la civilización y una aberración del ser humano", y ven en las intenciones de los socialistas irreligiosidad, ateísmo o anticlericalismo. Aún confían en que el presidente Rodríguez Zapatero desista de la reforma anunciada tras entrevistarse en Roma con Benedicto XVI hace dos semanas. El desencuentro entre jerarquía y sociedad civil empieza por la palabra laicidad, utilizada ahora por el Gobierno. ¿Qué es la laicidad? No hay definición formal. No existe la palabra en los diccionarios, ni siquiera en el de María Moliner, un "diccionario de uso". Hay que acudir a la definición de laicismo para entenderse: "doctrina que defiende la independencia del hombre o la sociedad, y más particularmente del Estado, respecto de cualquier organización o confesión religiosa" (Real Academia Española).
"La laicidad es producto de una historia de luchas por la libertad religiosa y de conciencia, una historia limitada en el tiempo -dos siglos- y en el espacio -Occidente- durante la cual la vida política y social ha logrado emanciparse fatigosamente de las primitivas hipotecas confesionales", afirma el historiador Ramón Teja, catedrático de la Universidad de Cantabria y presidente honorífico de la Sociedad de Ciencias de las Religiones.
Añade Teja: "Laicidad significa la existencia de un espacio público a disposición de todos los ciudadanos para ejercer sus derechos en condiciones de libertad y de igualdad, una ciudad de los hombres en la que haya espacio para todos, no una ciudad de Dios en la que solo haya lugar para sus creyentes".
Teja subraya "las muchas dificultades" que hubo en el Concilio Vaticano II para el reconocimiento por la Iglesia católica de esa libertad e igualdad religiosa. "Hoy circulan en España y otros países católicos, como Italia, nuevas doctrinas que consideran inaceptable la equiparación de la religión católica con las otras confesiones. Se rechaza el principio de igualdad como criterio básico de la política del Estado en materia de cultos. Puesto que no resulta ya defendible por la Iglesia la teocracia, se recurre a la herencia y al Concordato con la Santa Sede para reclamar un trato privilegiado en materia de símbolos religiosos, financiación, educación, etcétera, y se pretende que las demás confesiones se contenten con ser toleradas".
El catedrático Antonio Monclús, que acaba de dirigir un encuentro de religiones en el Instituto Cervantes de Tetuán, considera que la laicidad es "una dimensión central en ese diálogo entre culturas y en la Alianza de Civilizaciones". "El laicismo es el mapa sobre el que se asientan las diferentes culturas. La laicidad es una característica esencial del Estado moderno. El Estado, laico, debe garantizar el derecho de cualquier cultura a expresarse y desarrollarse, desde la no confesionalidad de los poderes públicos. Los Acuerdos con la Santa Sede impiden que en España contemplemos hoy un mapa así de libre", añade el también director de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo-Campo de Gibraltar. El meollo del debate sobre el laicismo está en la financiación de las actividades del catolicismo. Nada hay más contradictorio con un Estado laico que el que la Hacienda pública ejerza de recaudadora de impuestos para sostener a una religión concreta. El Vaticano se comprometió en los Acuerdos de 1979 a que su Iglesia en España se autofinanciaría con el llamado "impuesto religioso". Mientras tanto, Gobierno y episcopado acordaron un mecanismo transitorio de asignación tributaria mediante el IRPF. El plazo acabó hace dos décadas. En 2007, Rodríguez Zapatero aceptó la renuncia de los obispos a su compromiso de autofinanciación, e incluso les elevó un 34% (del 0,52% al 0,7%) el porcentaje de la cuota de IRPF que los católicos pueden destinar a su confesión, sin añadir un céntimo más que el resto de los contribuyentes. El Gobierno no se propone reforma alguna en este asunto, y eso que los expertos de su propio entorno le han dicho que "financiar religiones es inconstitucional". Es la conclusión del Laboratorio de la Fundación Alternativas, que dirige el ex ministro socialista Juan Manuel Eguiagaray. Muchos miembros del patronato de esa fundación pertenecen también al PSOE. El Tribunal Constitucional nunca ha entrado en el fondo de la cuestión porque nadie ha recurrido ante él el concordato; aunque sí ha resuelto algunas cuestiones de constitucionalidad por jueces relativos a aspectos puntuales.
"El marco de relaciones entre el Estado y la Iglesia católica es manifiestamente mejorable y en algunos casos profundamente inaceptable", sostuvo Eguiagaray cuando la Fundación Alternativas presentó en sociedad su proyecto de Estatuto de laicidad. "El sistema vigente de financiación es inconstitucional. El acuerdo sobre asuntos económicos, de 1979, estableció un régimen temporal de financiación estatal de la Iglesia católica que, además de haber sido incumplido por ambas partes, resulta de difícil encaje en la definición de un Estado laico o aconfesional, ya que la financiación de las confesiones religiosas no puede entenderse como contenido del derecho de libertad religiosa, amén de que su mantenimiento únicamente en favor de la Iglesia católica supone una violación del principio de igualdad", sostiene la Fundación Alternativas. El informe había sido realizado por dos profesores de Derecho Eclesiástico, José María Contreras y Óscar Celador. Contreras ha sido director general de Asuntos Religiosos en el Ministerio de Justicia, un departamento que el Gobierno ha decidido eliminar. Alejandro Torres, también profesor de Derecho Eclesiástico -en la Universidad Pública de Navarra-, hace estas cuentas. "La Iglesia católica lleva incumpliendo más de 30 años el compromiso de 'lograr por sí misma los recursos suficientes para la atención de sus necesidades' (artículo 2.5 del Acuerdo de Asuntos Económicos). Recordar esto no es anticlericalismo pues si dividimos los 250 millones de euros que percibe la Iglesia en concepto de Asignación Tributaria entre: 1) 44 millones de españoles, tocan cada español a 5,6 euros al año. 2) El 80% de esos 44 millones de españoles, que según el CIS se declaran católicos, tocan cada católico a 7,1 euros al año. 3) El 20% de esos 44 millones de españoles, que son católicos practicantes, toca cada católico practicante a 28,40 euros al año, menos de 50 céntimos por cada misa dominical. Es poco dinero por cada fiel católico, pero los obispos se aferran al sistema de financiación pública porque desconfían, con razón, de la generosidad de sus fieles. Coinciden con el historiador William J. Callahan, de la Universidad de Toronto. "La tacañería del católico para sostener al clero es histórica. Las encuestas indican que, en práctica religiosa, la Iglesia católica española está viva y bien, como diría Jacques Brel. Pero las encuestas son engañosas. La religiosidad ha decaído en los últimos años".
Frente a la versión de los obispos, que hablan de que los españoles son el 90% católicos, Callahan opone el dato de los que van a misa o hacen caso a las consignas de sus jerarcas. "El cálculo varía entre el 15% y el 25% de la población", según el autor de La Iglesia católica en España.
El Ejecutivo tiene donde apoyarse si quisiera reformar el sistema de financiación. Esta es la tesis del profesor Fernando Amérigo, de la Universidad Complutense de Madrid y autor de La financiación de las confesiones religiosas en la UE. "A la hora de financiar a las confesiones religiosas hay dos grandes sistemas: los directos y los indirectos. Los sistemas directos (dotación presupuestaria, asignación tributaria, subvenciones directas o la creación de fondos estatales para el culto y clero) se caracterizan porque el Estado financia a las Iglesias mediante fondos públicos, es decir, considera la actividad estrictamente religiosa como parte del gasto público.
Los sistemas indirectos se basan en que el Estado facilita o promociona el sostenimiento económico de las confesiones a través de los ciudadanos de forma voluntaria. Es el caso de las desgravaciones fiscales a las donaciones, que se dan en Francia, Holanda o Portugal, o del impuesto religioso o cuota eclesiástica que se aplica en Alemania, Austria, Suecia o Finlandia.
Hay países donde las Iglesias se autofinancian -Reino Unido y Eslovenia- o donde se prohíbe la financiación de las confesiones, como Irlanda (si bien la Iglesia católica recibe allí ayudas en el sistema educativo). "Los sistemas directos son, en puridad, incompatibles con la laicidad del Estado, puesto que suponen una violación tanto de la separación como de la neutralidad", sostiene Amérigo.
Alejandro Torres subraya otros beneficios fiscales. "Las viviendas o casas parroquiales de los ministros de culto de las confesiones que han suscrito un acuerdo con el Estado, y los huertos y jardines adyacentes, están exentas en el IBI. Eso es incompatible con los principios constitucionales de laicidad del Estado y de igualdad. Pese a que 'ninguna confesión tendrá carácter estatal' (artículo 16.3 de la Constitución), se da la paradoja de que los ministros de culto de las confesiones con acuerdo tienen un régimen fiscal mejor que el de los funcionarios. ¿Qué relación tiene el uso y disfrute de un huerto o jardín con el ejercicio del derecho fundamental de libertad de religiosa?".
Otro privilegio: el que atribuye a las diócesis la Ley Hipotecaria (artículo 206) para la inmatriculación de inmuebles. "Si ninguna confesión tiene carácter estatal, y si la sentencia 340/1993 del Tribunal Constitucional prohíbe la confusión entre funciones y fines religiosos y funciones y fines estatales, ¿cómo es que los obispos católicos pueden emitir certificaciones de dominio, como si fuesen funcionarios dotados de fe pública?", se pregunta Torres.
Juan José Tamayo, director de la cátedra de Teología en la Universidad Carlos III, en Madrid, y secretario general de la Asociación de Teólogos Juan XXIII, concluye que el Gobierno se ha quedado "sin política propia" en cuestiones de laicidad. "La agenda se la marca otro Estado, el de la Ciudad de Vaticano, cuyas orientaciones sigue discipularmente". Como ejemplo, señala el retraso en la presentación de la nueva ley hasta después de la visita de Benedicto XVI a España, el próximo noviembre, para no tener problemas".
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Laicidad imposible
DIONISIO LLAMAZARES 03/07/2010
Según el Tribunal Constitucional, España es un Estado laico o no confesional, que es lo mismo. La Constitución consagra la laicidad positiva, que admite la cooperación del Estado con las confesiones, pero solo si no contradice a la laicidad. Los acuerdos firmados en Roma el 3 de enero de 1979 entre el ministro de Asuntos Exteriores de España y el secretario de Estado de la Santa Sede son inconstitucionales. Se confunden en ellos sujetos, actividades y fines religiosos y estatales y consagran un estatus privilegiado para la Iglesia católica, transgrediendo el principio de neutralidad. No es posible su armonización con la Constitución. Formalmente constitucionales (posteriores a la Constitución en menos de ocho días), son materialmente (por su contenido) inconstitucionales. Uno de los acuerdos encomienda al Jefe del Estado el nombramiento de un arzobispo, con evidente confusión entre lo religioso y lo estatal. Otro atribuye al Estado español la tarea de evangelizar a los niños en las escuelas públicas; eso sí, a las órdenes de la Iglesia católica, que decide el qué y el cómo de la enseñanza y que nombra y despide a los profesores libremente, sin control de sus motivos por la jurisdicción del Estado, aunque lesionen derechos fundamentales. El Estado paga y la Iglesia manda; para colmo, el Estado es el responsable ante sus propios tribunales de las decisiones de despido que toma la Iglesia.
Si no vemos en esos hechos la confusión entre lo religioso y lo estatal, o la ausencia de neutralidad y la transgresión del derecho a la libre formación de la conciencia, es que se ha perdido la capacidad para distinguir la noche del día. Para que no falte de nada, se permite a los católicos decidir qué parte de sus impuestos (dinero público) se dedica al sostenimiento de la Iglesia católica, que no es un fin de interés general, y no a fines sociales; y se transgrede el principio de igualdad tributaria (unos pagan más impuestos que otros) y el principio de laicidad (se financia con dinero público un fin religioso como si fuera un fin estatal).
El Estado está maniatado y no puede progresar hacia la laicidad en el desarrollo legislativo de un derecho fundamental. No puede legislar obedeciendo al mandato constitucional. Se topa con el stop de los Acuerdos. El estatuto de la Iglesia católica no lo define la Ley de libertad religiosa, sino los Acuerdos. No sin razón, la Iglesia católica ha aceptado la ley de Libertad Religiosa vigente en lo que la beneficia, pero ha rechazado que le sea aplicable si disiente de los Acuerdos. Mientras estén vigentes, es imposible cumplir el mandato constitucional de la laicidad y de la igualdad de todos en la libertad de conciencia.
Dionisio Llamazares es catedrático de Derecho Eclesiástico y ex director general de Asuntos Religiosos.
DIONISIO LLAMAZARES 03/07/2010
Según el Tribunal Constitucional, España es un Estado laico o no confesional, que es lo mismo. La Constitución consagra la laicidad positiva, que admite la cooperación del Estado con las confesiones, pero solo si no contradice a la laicidad. Los acuerdos firmados en Roma el 3 de enero de 1979 entre el ministro de Asuntos Exteriores de España y el secretario de Estado de la Santa Sede son inconstitucionales. Se confunden en ellos sujetos, actividades y fines religiosos y estatales y consagran un estatus privilegiado para la Iglesia católica, transgrediendo el principio de neutralidad. No es posible su armonización con la Constitución. Formalmente constitucionales (posteriores a la Constitución en menos de ocho días), son materialmente (por su contenido) inconstitucionales. Uno de los acuerdos encomienda al Jefe del Estado el nombramiento de un arzobispo, con evidente confusión entre lo religioso y lo estatal. Otro atribuye al Estado español la tarea de evangelizar a los niños en las escuelas públicas; eso sí, a las órdenes de la Iglesia católica, que decide el qué y el cómo de la enseñanza y que nombra y despide a los profesores libremente, sin control de sus motivos por la jurisdicción del Estado, aunque lesionen derechos fundamentales. El Estado paga y la Iglesia manda; para colmo, el Estado es el responsable ante sus propios tribunales de las decisiones de despido que toma la Iglesia.
Si no vemos en esos hechos la confusión entre lo religioso y lo estatal, o la ausencia de neutralidad y la transgresión del derecho a la libre formación de la conciencia, es que se ha perdido la capacidad para distinguir la noche del día. Para que no falte de nada, se permite a los católicos decidir qué parte de sus impuestos (dinero público) se dedica al sostenimiento de la Iglesia católica, que no es un fin de interés general, y no a fines sociales; y se transgrede el principio de igualdad tributaria (unos pagan más impuestos que otros) y el principio de laicidad (se financia con dinero público un fin religioso como si fuera un fin estatal).
El Estado está maniatado y no puede progresar hacia la laicidad en el desarrollo legislativo de un derecho fundamental. No puede legislar obedeciendo al mandato constitucional. Se topa con el stop de los Acuerdos. El estatuto de la Iglesia católica no lo define la Ley de libertad religiosa, sino los Acuerdos. No sin razón, la Iglesia católica ha aceptado la ley de Libertad Religiosa vigente en lo que la beneficia, pero ha rechazado que le sea aplicable si disiente de los Acuerdos. Mientras estén vigentes, es imposible cumplir el mandato constitucional de la laicidad y de la igualdad de todos en la libertad de conciencia.
Dionisio Llamazares es catedrático de Derecho Eclesiástico y ex director general de Asuntos Religiosos.
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