viernes, 21 de octubre de 2011

YA NO ES TAN FÁCIL

Los políticos, tras décadas de poder casiabsoluto, se han acostumbrado a hacer lo que les plazca dentro de sus Administraciones, ya sea Ayuntamiento, Gobiernos, Cabildos, etc. Ya el mobbing, o acoso laboral, está tipificado como delito y no les sale gratis el hundir profesional y psicológicamente a un trabajador cuando les plazca. Estamos disfrutando en Santa Cruz de un nuevo culebrón, esta vez se trata de dos próceres de la política municipal, concejalas ambas, denunciadas por mobbing por una funcionaria. No sé si se llegará a algo en este proceso, pero al menos las señoras no se irán de rositas como si nada hubiera ocurrido. Que los voten (desde luego yo no) y que salgan elegidos no les da patente de corso para hacer lo que les de la gana.
Oñate y Ángela Mena, investigadas por mobbing
SANTA CRUZ DE TENERIFE. - BELÉN MOLINA
Canarias / Tenerife / 20/05/2011 (11:00 h.). DILIGENCIAS ABIERTAS EN ANTICORRUPCIÓN

Han sido denunciadas, también por tráfico de influencias y prevaricación, por apartar a una funcionaria de carrera a favor de una interina.
La fiscal de Anticorrupción en la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, María Farnes Martínez, ha requerido a los delegados sindicales en prevención de riesgos laborales en el Ayuntamiento de la capital tinerfeña para que aporten pruebas de dos posibles delitos de prevaricación en conexión con otro de tráfico de influencias, además de un delito de acoso laboral, de los que indiciariamente serían responsables Maribel Oñate (PP), presidenta del Centro Municipal de la Mujer hasta 2007, y su sucesora, Ángela Mena.
El requerimiento, según ha conocido CANARIAS AHORA de fuentes de la Fiscalía, se encuadra en las diligencias previas informativas que ha incoado la fiscal anticorrupción para investigar si, en efecto, se ha dejado sin funciones a una funcionaria de carrera, que además estaría siendo sometida a acoso laboral, para beneficiar a una interina en el Centro Municipal de la Mujer.
La denuncia en la vía penal fue formulada por el abogado José Pérez Ventura el pasado 6 de mayo, a consecuencia de una sentencia de 2010 de un juzgado de lo contencioso-administrativo, que dejó sin efecto la comisión de servicios a la que se pensaba trasladar a la funcionaria denunciante, sin que ella lo pidiera, y modificar así las funciones a las que había accedido mediante concurso-oposición.
La funcionaria tomó posesión de su plaza el 18 de enero de 2007, lo que fue considerado por la secretaria del Pleno del Consejo Municipal de la Mujer como “un gravísimo trastorno”, ya que la interina debería dejar ese puesto. Por ello, y según se recoge en esa sentencia de lo contencioso, es por lo que poco a poco se dejó sin tareas a la funcionaria profesional para que siguiera con ellas la interina, para quien se creó un puesto de favor.
En ese fallo judicial que ha dado pie a la denuncia penal, el magistrado Jorge Riestra recalca que cumplir con la Constitución y con las leyes de la Función Pública “no debe ser nunca un trastorno, sino un imperativo de toda Administración, sometida al ordenamiento jurídico”.
Pero es el que magistrado, que entró en el fondo del asunto, añadió que “pocas veces se ve tan clara la expresión de un móvil de trato discriminatorio”, y que dejar sin funciones a la funcionaria de carrera para favorecer a la interina, y pretender por último mandarla a una comisión de servicios, no se deben a razones de servicio público, sino “de privilegio personal y arbitrariedad en la decisión”.
En la denuncia ante la Fiscalía, Pérez Ventura señala que ha habido un incumplimiento “grave, palmario, grosero, de la legalidad”, lo que caracteriza la prevaricación, y que la creación de un puesto de favor, sin el preceptivo proceso selectivo, “podría constituir un delito de tráfico de influencias, en conexión con otro delito de prevaricación”.
El abogado añade que “el vaciamiento de las funciones propias, unido al vacío generado a su alrededor, la presión psicológica derivada del mal ambiente de trabajo constituye un claro acoso moral (mobbing), que bien puede resultar constitutivo de delito”.

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